JUSTICIA Martes 23 de Abril de 2013

DENUNCIA PENAL por aborto PUNIBLE

0_corte-luto-jpg.JPG LA C.s.J.N.

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A un año en el que la Corte Suprema de Justicia, en un pronunciamiento ilegal, abstracto e ideologizado, abrió las puertas para realizar “abortos no punibles” en Argentina, el abogado Arturo Forensa (h), presentó -correctamente- una denuncia penal para que se investigue un aborto realizado a una nena de 11 años que había sido supuestamente víctima de una violación, llevado adelante en la Maternidad.

(ArgentinosAlerta.org) El letrado consideró "gravísimo" que se haya llevado a cabo la intervención. "Es gravísimo lo que podría estar pasando en la Maternidad. Si esto queda en la nada, mucha gente puede llegar a entender que esta práctica en la Maternidad es común y legal, consentida por el Gobierno, y por ende cualquier persona puede llegar a solicitar que se le practique un aborto, desconociendo la responsabilidad penal en la que estaría incurriendo", señaló Forenza (h), según consigna el diario tucumano La Gaceta.

El abogado hace referencia al aborto practicado el pasado miércoles 10 en la Maternidad Nuestra Señora de las Mercedes, sobre un embarazo de 20 semanas de gestación. La paciente era una niña de 11 años, quien había sido supuestamente  violada por su padre biológico.

El caso no se encuadra dentro del primer inciso del artículo 86 del Código Penal (el que declara no punibles las interrupciones de los embarazos cuya continuidad ponga en peligro la salud de la madre), aunque sí lo hace dentro de la "reinterpretación" que hizo el máximo tribunal sobre el artículo 2, referido a las víctimas de abuso sexual.

La Corte suprema dolosamente induce a error con su fallo

No hay una sola mención al Niño por Nacer en el fallo "FUENTES AURORA LUISA s/ MEDIDA AUTOSATISFACTIVA", Exp. 259/10, del 13/3/12.

Inmediatamente despues de sancionado, desde el Ministerio de Salud Pública de la Nación se puso en marcha la maquinaria de aprietes y presiones para que las provincias adhirieran al pronunciamiento de la Corte, como si los Fallos de la CSJN fueran ley de la Nación.

A su vez, muchas provincias, negando todo republicanismo que debiera caracterizarnos como país, aceptaron el fallo de la Corte y así permitieron que comenzara en Argentina la eliminación sistemática de seres humanos en el vientre materno.

Para la Corte Suprema de Justicia, sólo es necesario que la mujer supuestamente violada presente una declaración jurada para solicitar el aborto. No se exige denuncia previa ni comprobación alguna de la veracidad de la declaración jurada. Esto tiene dos consecuencias:

  • Basta con mentir aduciendo una violación para poder tener acceso a un aborto.
  • El violador queda impune cuando la violación ha ocurrido efectivamente.

Hay que tener presente que en las mayoría de las violaciones, el violador no es un desconocido sino que pertenece al entorno de la víctima. En los casos de menores de edad es muy posible que el mismo violador solicite el aborto y luego siga abusando de la joven.

Durante todo 2012 ArgentinosAlerta.org recogió los análisis críticos que realizaron de este fallo distintos especialistas y se siguió las repercusiones que tuvo en las distintas provincias.

 

Fuente: Argentinos Alerta

Nuestra Opinión

Resulta sumamente correcta la calificación legal del abogado. El ABORTO sigue siendo un DELITO del Código Penal y, como lo han publicado nuestros colegas de Argentinos Alerta, la C.s.J.N., NO PUEDE REFORMAR EL CODIGO PENAL.

Por eso, más que un fallo judicial, es una apología del delito y por ello deberían responder. No hay ni puede haber aborto legal en la Argentina.

 

Por: Ferreyra Viramonte Luis Fernando
lffv@yahoo.com.ar

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